Preguntas frecuentes

Seguro de Vida

¿Qué me cubre el seguro de vida?

Cubre el fallecimiento del asegurado cualquiera que sea la causa y lugar del suceso asegurado.

¿Por qué es útil un seguro de vida?

Es un seguro pensado para casos en los que existe alguna persona que dependa económicamente de ti. Es especialmente recomendable si tienes hijos menores o incapaces, o si dispones de cargas hipotecarias.

¿Qué diferencia hay entre Tomador, Asegurado y Beneficiario?

Tomador: persona física o jurídica que suscribe el contrato de seguro, y que tiene todos los derechos y obligaciones de la póliza.

Asegurado: la persona física sobre cuya vida se estipula el seguro.

Beneficiario: la persona o personas designadas por el Tomador para percibir la prestación en caso de producirse el Fallecimiento del Asegurado.

¿Puedo elegir cualquier beneficiario?

Sí, se puede elegir libremente la persona que recibirá la indemnización en caso de fallecimiento.

Normalmente si no se designan expresamente beneficiarios se consideran como tales:

El cónyuge e hijos a partes iguales
Los padres
Herederos legales

¿En qué consisten las coberturas opcionales?

Son coberturas añadidas que aumentan las prestaciones del seguro, bien incluyendo garantías diferentes al fallecimiento o bien aumentando los capitales cubiertos.

¿Qué es la incapacidad permanente absoluta?

Es aquella que inhabilita al trabajador para realizar cualquier profesión u oficio. Una vez percibida la indemnización por cualquier tipo de incapacidad permanente el resto de las garantías de vida quedan anuladas.

Seguro de Coche

¿Qué documentación necesito para contratar?

Deberá aportar los siguientes documentos:

Del vehículo: Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.

Del titular: Documento de identidad y datos bancarios para domiciliar el pago del seguro.

Del conductor: Permiso de conducir

¿Quién puede conducir el vehículo estando totalmente asegurado?

Sólo los conductores declarados en la póliza disfrutan de la plena cobertura del contrato. Por ese motivo, es muy importante que si tiene previsto autorizar a alguien a conducir su vehículo, lo comunique previamente.

¿Qué ocurre si algún dato de mi póliza no es correcto?

En caso de que detecte que alguno de los datos indicados en su contrato no es correcto o ha cambiado, es necesario que nos lo comunique inmediatamente ya que podría afectar a la cobertura y, por tanto, a la gestión de cualquier siniestro que pudiera producirse.

¿Qué se considera uso particular?

Todo aquel uso del vehículo que no esté destinado al servicio público remunerado, estén o no matriculados para tal fin, vehículos destinados a la venta o alquiler, o los de carreras y rallyes.

¿Qué modalidad de seguro elijo?

Le recomendamos que:

si su vehículo es nuevo/km 0 opte por la modalidad de todo riesgo (con o sin franquicia)

si el vehículo no es nuevo pero su antigüedad no alcanza los cinco años, la modalidad de seguro más conveniente es el todo riesgo con una franquicia de importe medio (por ejemplo de 300 €) a partir del quinto año, recomendamos contratar un seguro a todo riesgo con una franquicia alta (por ejemplo de 600 €) o a terceros lo más amplio posible

Si me cambio, ¿respetáis mi bonificación?

Si vienes de otra compañía donde tenías una bonificación del 20%, 30% o 55%, nuestro precio final puede igualarla o incluso superarla.

Si no conozco la fecha de 1ª matriculación, ¿dónde la puedo encontrar?

Si desconoce la fecha de 1ª matriculación puede encontrarla en el permiso de circulación del vehículo.

¿Por qué es necesario conocer el modelo exacto del vehículo?

Conocer el modelo exacto del vehículo es imprescindible para obtener una correcta simulación ya que cualquier cambio posterior podría modificar la tarifa.

¿Por qué es necesario declarar los accesorios opcionales o «extras»?

Los accesorios no de serie que no estuvieran declarados en la póliza, no quedarían cubiertos en caso de siniestro. Por favor, asegúrese si el vehículo cuenta con equipamiento opcional antes de contratar la póliza.

¿Por qué necesitan saber mi DNI?

Es para asegurarnos de que estamos aplicando correctamente las bonificaciones.

¿Cómo puedo obtener un justificante de que ya estoy asegurado?

En el momento en el que finalice la contratación, podrá imprimir un justificante provisional a la espera de recibir los documentos en su domicilio y el justificante de pago del banco o caja donde haya domiciliado el cobro.

¿Cuándo recibiré la documentación en mi domicilio?

Tras finalizar la contratación de la póliza, la documentación será remitida por correo ordinario.

Seguro del Hogar

¿Qué es un seguro de hogar?

El seguro de hogar es un seguro multirriesgo, es decir, que dentro de un mismo contrato podemos asegurarnos de diferentes riesgos que puedan afectar a la vivienda, como incendio, daños por agua, rotura de cristales, robo o responsabilidad civil privada de la familia.

Si tengo un préstamo hipotecario sobre la vivienda, ¿debo declararlo en el seguro de Hogar?

Conforme el artículo 8, de la Ley 2/1981 de Regulación de mercado hipotecario, es obligatoria la la contratación de una póliza de seguro, que incluya al menos las garantías de Incendio, explosión y rayo, por un capital igual o superior al del valor de tasación del bien, excluida la repercusión del valor del solar.
El cliente puede suscribir el seguro con cualquier Entidad Aseguradora y no necesariamente con la compañía que le proponga el banco que le ha concedido el préstamo. Únicamente deberá facilitar a dicha Entidad Hipotecaria, copia de la póliza de hogar que usted suscriba, haciendo mención al número de préstamo hipotecario y la entidad que se lo ha facilitado.

¿Qué se entiende por continente o edificio en un seguro de hogar?

Por continente se entiende todos los elementos que constituyen la vivienda, antes de ser amueblada, como las paredes, los techos, las puertas, las ventanas, así como las instalaciones fijas de agua, climatización telefonía y similares, el alicatado, parquet y las dependencias y construcciones contiguas como garajes, trasteros, muros, vallas, etc…

¿Qué es un seguro a valor total?

Es asegurar la totalidad del valor del edificio. Es la forma más habitual de aseguramiento de hogar.

El capital a asegurar del continente debe ser el valor correspondiente a la reconstrucción del edificio, o sea, sin tener en cuenta el valor del suelo. El valor de reconstrucción de un edificio varía en función de las calidades de los materiales empleados.

¿Qué es un seguro a primer riesgo?

Es una modalidad de aseguramiento consistente en cubrir un riesgo determinado hasta una cantidad o porcentaje determinado con independencia del valor real del bien. No hay posibilidad de aplicación de la regla proporcional por insuficiencia de suma asegurada (infraseguro).

¿Cuando podrá asegurarse el Continente a primer riesgo?

Cuando la vivienda forme parte de un edificio en régimen de propiedad horizontal, y exista para el mismo un seguro contratado por la Comunidad de Propietarios, o cuando el Asegurado sea arrendatario de la misma.

¿Qué es contenido?

El contenido incluye el mobiliario, ajuar doméstico y personal, los muebles de la cocina y baños, electrodomésticos y equipos informáticos de uso familiar, las joyas, los objetos de valor y la ropa, entre otros conceptos. Tienes que estar en el lugar designado en la póliza y ser propiedad del asegurado.

¿Qué son los objetos de valor? ¿Hay que declararlos aparte?

En el ámbito asegurador, se consideran objetos especiales a muebles u otros objetos con un precio unitario elevado (se suele fijar en las Condiciones Generales de la póliza) y que, además, dadas sus características (antigüedad, calidad artística, etc…) posean un valor especial en el mercado. Se entienden, entre otros, los objetos de piel, colecciones filatélicas y numismáticas, antigüedades y objetos de arte que no contengan oro ni piedras preciosas, así como los objetos de plata o marfil, aparatos de visión y sonido. Las pólizas suelen dar cobertura a este tipo de objetos, dentro del capital de contenido, siempre que su valor no supere un límite individual o no se sobrepase un valor conjunto (estos límites son diferentes en función de la aseguradora). Si se sobrepasan estos límites hay que detallarlos, pues en caso contrario podrían no tener cobertura.

¿Qué son las joyas? ¿Hay que declararlos aparte?

Se entienden como tales los objetos de oro y platino, las perlas y las piedras preciosas, así como los relojes. Las pólizas suelen dar cobertura a este tipo de objetos, dentro del capital de contenido, siempre que su valor no supere un límite individual o no se sobrepase un valor conjunto (estos límites son diferentes en función de la aseguradora). Si se sobrepasan estos límites hay que detallarlos, pues en caso contrario podrían no tener cobertura.

¿Qué ocurre si en caso de siniestro el capital asegurado no es correcto?

En caso de que haya asegurado sus bienes por un valor superior al que les corresponde (sobreseguro), la compañía le indemnizará el daño que realmente ha sufrido, es decir, no le pagarán más por tener más capital asegurado. Si hubiese asegurado sus bienes por un valor inferior al que les corresponde (infraseguro), la compañía, en caso de siniestro parcial, le podrá aplicar la regla proporcional, es decir, si sus bienes estuviesen asegurados al 75% de su valor real, la indemnización que percibirá será igualmente el 75% de la que le correspondería si los hubiese asegurado al 100%. En caso de siniestro total la compañía le indemnizará como máximo el capital que tenga asegurado en póliza.

¿Qué es la pérdida de valor estético en el seguro de hogar?

La cobertura de daños estéticos cubre, hasta el máximo del capital garantizado, aquellos gastos necesarios para restablecer la composición estética del continente existente antes de que se produzca el siniestro cubierto en póliza. Suele estar limitada a una estancia y a un límite monetario.

¿Qué cubre la garantía de Responsabilidad Civil?

En general, y de acuerdo a las limitaciones y exclusiones de las compañías, cubre las indemnizaciones que puedan resultar a su cargo, como consecuencia de daños materiales, personales y perjuicios económicos causados a terceros por acciones u omisiones negligentes en su actuación como:

Particular, propietario o copropietario de la vivienda.
Cabeza de familia por los actos u omisiones negligentes cometidos por cualquier persona asegurada en la póliza.
Propietario de animales domésticos: a excepción de los que deban estar asegurados mediante un Seguro Obligatorio (por ejemplo los perros considerados peligrosos) y de los que se recojan en el apartado exclusiones de las Condiciones generales o Particulares de la póliza (una exclusión típica son los caballos).
Propietario o usuario de bicicletas y otros vehículos sin motor

Seguro de Salud

¿Qué es un seguro de asistencia sanitaria?

Los seguros de asistencia sanitaria son aquellos que constan de un cuadro médico en el cual se puede elegir el profesional y el centro que más te convenga. Simplemente abonas una cuota mensual y tienes cubierto el 100% de los costes de los servicios.

¿Se puede ir al médico desde el día siguiente de contratar la póliza?

Sí, desde el primer día en que se contrata la póliza, salvo para algunos servicios que tienen periodo de carencia.

¿Qué son las carencias?

Las carencias son los periodos de tiempo durante los cuales algunos servicios de la compañía no quedan cubiertos.

¿Qué son las preexistencias?

Son aquellas patologías que se tienen antes de contratar el seguro y que hay que declarar en el cuestionario

¿Qué quiere decir que el contrato es anual si pago mensualmente?

La duración del contrato establecida en la póliza es anual prorrogable, aunque el pago de las primas puede hacerse de forma mensual, trimestral, semestral o anual.

¿Hay que comunicar la prórroga del seguro?

Los seguros de salud se prorrogan automáticamente cada año, a no ser que una de las partes no lo desee. En tal caso, se deberá comunicar con un plazo de antelación de dos meses.

¿Necesito alguna autorización?

Algunas pruebas diagnosticas complejas y tratamientos, así como los ingresos hospitalarios pueden requerir una autorización previa por parte de la compañía.